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Prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo

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Las relaciones laborales deben basarse siempre en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de género. Para prevenir el acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, se presenta un resumen de lo que nuestro ordenamiento jurídico considera acoso, sexual, acoso laboral y violencia laboral. Además, se informa el protocolo de denuncia vigente en SERVIU región del Maule.
Los ejemplos presentados sobre conductas que podrían sancionarse no deben considerarse taxativamente, pues cada caso será evaluado en su mérito y contexto.

“Entendiéndose por tal el que una persona realice, en forma indebida y por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo”. (Inciso 2° del art. 2 del Código del Trabajo).

Ejemplos

  • Enviar mensajes o imágenes sexualmente explícitas o participar en acoso o coerción sexualizada a través de plataformas digitales sin el consentimiento del destinatario.
  • Ofrecer recompensas o beneficios a cambio de favores sexuales o amenazar con consecuencias negativas ante la negociación.
  • Presionar a alguien para que realice una actividad sexual en contra de su voluntad mediante amenazas, manipulación u otros medios.
  • Contacto o comportamiento sexual no deseado o no consensuado. Incluye contacto físico, roce contra alguien, pellizcos, besos deliberados no deseados.
  • Cualquier requerimiento sexual no deseado ni aceptado por la persona que los recibe.

“Entendiéndose por tal toda conducta, que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio ya sea que se manifieste de una vez o de manera reiterada, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo”. (Inciso 2° del art. 2 del Código del Trabajo)

Ejemplos

  • Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
  • Aislamiento, cortar o restringir el contacto de una persona con otras, privándola de redes de apoyo social; ser aislado, apartado, excluido, rechazado, ignorado, menospreciado, ya sea por orden de un jefe o por iniciativa de los compañeros de trabajo.
  • El uso de nombres ofensivos para inducir el rechazo o condena de la persona
  • Usar lenguaje despectivo o insultante para menospreciar o degradar a alguien.
  • Hacer comentarios despectivos sobre la apariencia, inteligencia, habilidades, competencia profesional o valor de una persona.
  • Obligar a una persona a permanecer sin tareas que realizar u obligarle a realizar tareas que nada tienen que ver con su perfil profesional con el objetivo de denigrarlo o menospreciar.
  • Expresar intenciones de dañar o intimidar a alguien verbalmente.
  • Enviar mensajes amenazantes, abusivos o despectivos por correo electrónico, redes sociales o mensajes de texto
  • Hacer comentarios despreciativos de otros referidos a cualquier característica personal, como género, etnia, origen social, vestimenta, o características corporales.
  • Cualquier agresión u hostigamiento que tenga como resultado el menoscabo, maltrato o humillación, o que amenace o perjudique la situación laboral o situación de empleo.

“Entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las y a los trabajadores, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores o usuarios, entre otros”. (Inciso 2° del art. 2 del Código del Trabajo).

Ejemplos

  • Gritos o amenazas.
  • Uso de garabatos o palabras ofensivas.
  • Golpes, zamarreos, puñetazos, patadas o bofetadas.
  • Conductas que amenacen o resulte en lesiones físicas, daños materiales en los entornos laborales utilizados por las personas trabajadores o su potencial muerte.
  • Robo o asaltos en el lugar de trabajo.

El procedimiento de Prevención, Contención, Denuncia, Investigación y Sanción de la Violencia en el Trabajo, Acoso Laboral y Sexual de SERVIU región del Maule establece que la denuncia debe registrarse en el Formulario de Denuncia del SERVIU, según el tipo de denuncia y a los que puedes acceder en los siguientes enlaces:

Puede denunciar la persona afectada o un tercero que esté al tanto de la información.El formulario completado debe ser impreso, firmado por la persona afectada o un tercero que esté al tanto de la información, incluyendo las pruebas que dan fe de los hechos descritos y presentado en sobre cerrado y rotulado como “Confidencial” o “Reservado” a la autoridad administrativa correspondiente.

Instancias de recepción de denuncias:

Persona perteneciente a Autoridad Administrativa Lugar donde se presenta
MINVU central Subsecretario (a) Departamento de Gestión de Personas MINVU Nivel Central
SEREMI Secretario (a) Regional Ministerial respectivo Jefatura de Administración y Finanzas SEREMI respectivo
SERVIU Director (a) SERVIU respectivo Jefatura de Administración y Finanzas SERVIU respectivo

 

En el caso de que la persona causante del Maltrato Acoso Laboral y/o Sexual sea una de las autoridades administrativas encargadas de recibir la denuncia, la persona denunciante debe dirigirse a las siguientes autoridades:

 

Autoridad Administrativa involucrada Denuncia debe ser dirigida a Lugar donde se presenta
Subsecretario (a) Ministro (a) Departamento de Gestión de Personas MINVU Nivel Central
Secretario (a) Regional Ministerial respectivo Subsecretario (a) Jefatura de Administración y Finanzas SEREMI respectivo
Director(a) SERVIU respectivo Presidente de la República Jefatura de Administración y Finanzas SERVIU respectivo
Jefe(a) de Departamento Gestión de Personas o Administración y Finanzas Subsecretario (a), Director (a), Secretario (a), Regional Ministerial Subrogante de quien ejerce el cargo

 

En SERVIU región del Maule existe el Comité de Prevención y Asistencia del Maltrato, Acoso Laboral y Acoso Sexual que aborda estas temáticas, compuesto por:

  • Jefatura Departamento de Administración y Finanzas.
  • Jefatura Sección de Gestión y Desarrollo de Personas.
  • Subcoordinador (a) Bienestar.
  • Asesor (a) Departamento Jurídico.
  • Un Representante Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
  • Dos Representantes Asociación de Funcionarios.
  • Un Representante Comisión de Equidad de Género.